12 agosto 2020 /

Les informamos que el día de ayer, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) en su edición vespertina, el Decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo el “Decreto”.

Les informamos que el día de ayer, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) en su edición vespertina, el Decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo el “Decreto”.  

Tal Decreto adiciona el texto que a continuación se refiere: Queda exceptuada de la aplicación de la presente Ley, la adquisición de bienes o prestación de servicios para la salud que contraten las dependencias y/o entidades con organismos intergubernamentales internacionales, a través de mecanismos de colaboración previamente establecidos, siempre que se acredite la aplicación de los principios previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.  

Tal excepción prevista en el Decreto tendrá repercusiones en el sector salud mexicano.  

Para la atención de cualquier pregunta o información asociada a la publicación referida, favor de contactar a nuestros abogados:  

Carlos Antonio Flores
Socio

cflores@rdabogados.com.mx  

Esteban de Jesús Sánchez
Asociado

esanchez@rdabogados.com.mx