Les informamos que el día de hoy, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo CNH.E.29.001/2020 por el que la Comisión Nacional de Hidrocarburos establece diversas medidas a fin de promover el desarrollo de las actividades petroleras.
Les informamos que el día de hoy, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo CNH.E.29.001/2020 por el que la Comisión Nacional de Hidrocarburos establece diversas medidas a fin de promover el desarrollo de las actividades petroleras.
Tal Acuerdo refiere que derivado de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19 diversos Operadores Petroleros, enunciados en este documento, han presentado a la CNH notificaciones de Caso Fortuito o Fuerza Mayor y también solicitudes para el otorgamiento de prórrogas de los períodos de Exploración o de Evaluación, según corresponda en cada Contrato para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos (en adelante, CEE).
En tal virtud dicho Acuerdo, resuelve entre otros temas el suspender los Periodos de Exploración y de Evaluación, así como los Periodos de Desarrollo para la Extracción que tengan asociado un Programa Mínimo de Trabajo, de los CEE referidos en el mismo, los Operadores Petroleros de mérito deberán presentar ante la Comisión una actualización del cronograma de ejecución de sus Actividades Petroleras dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión de dicha suspensión; se requiere a que dichos Operadores Petroleros, presenten las Garantías de Cumplimiento que correspondan, conforme a este Acuerdo; suspender la vigencia de los Programas de Transición que se encuentren vigentes, y prestar asesoría técnica a la Secretaría de Energía para llevar a cabo la adición del periodo de suspensión a los Periodos de Exploración y Evaluación, así como el periodo determinado para el cumplimiento del Compromiso Mínimo de Trabajo en las actividades de Extracción de las Asignaciones, en términos de lo referido en este documento.
Para la atención de cualquier pregunta o información asociada a la publicación referida, favor de contactar a nuestros abogados:
Carlos Antonio Flores
Socio
Esteban de Jesús Sánchez
Asociado