El pasado 04 de mayo del 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (“SEMARNAT”) emitió el acuerdo por el cual se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las Disposiciones Administrativas de Carácter General (las “DACGs”) que establecen los lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, aplicables a las actividades del Sector (el “Acuerdo”).
El pasado 04 de mayo del 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (“SEMARNAT”) emitió el acuerdo por el cual se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las Disposiciones Administrativas de Carácter General (las “DACGs”) que establecen los lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, aplicables a las actividades del Sector (el “Acuerdo”). En este sentido, parte sustancial de las modificaciones, adiciones y derogaciones que sufrieron las DACGs versan en los temas siguientes:
- Información relativa al Registro de la Conformación del Sistema de Administración.
- Autorización de los Sistemas de Administración para su implementación.
- Directrices para la modificación del Sistema de Información por parte de los regulados.
- La implementación del Sistema de Administración del Regulado.
- Requisitos de conformación del Sistema de Administración (relativos a la revisión de los análisis de riesgo, indicadores en materia de seguridad industrial, informes de desempeño y mecanismos y documentos para el cumplimiento de las DACGs, en pro de la seguridad industrial).
- La modificación de los contenidos de la evaluación del desempeño del Sistema de Administración (considerando entre otros los requisitos legales, indicadores, capacitaciones, comunicaciones, control de documentos, estándares de calidad, controles de actividades y procesos, etc.)
Por lo anterior, es importante considerar que los elementos contenidos en el Acuerdo tienen como alcance a los Regulados que realicen actividades del Sector Hidrocarburos, a fin de que cumplan con directrices en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente.
Para mayor información, encontrará el texto completo del Acuerdo en el siguiente vínculo:
Para la atención de cualquier pregunta o información asociada a la publicación del Acuerdo referido, favor de contactar a nuestros especialistas.