11 mayo 2020 /

El día 11 de mayo del 2020 la Secretaría de la Defensa Nacional (“SEDENA”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria (el “Acuerdo”)

El día 11 de mayo del 2020 la Secretaría de la Defensa Nacional (“SEDENA”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria (el “Acuerdo”), en el cual se destacan los puntos siguientes:

  • El titular del Ejecutivo Federal ordenó a la Fuerza Armada permanente a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en sus funciones de seguridad pública, durante el tiempo en que la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, fijando como límite dichas atribuciones al 27 de marzo de 2024.


  • La Fuerza Armada permanente, en apego a lo establecidos en el Acuerdo, colaborará interinamente con ciertas funciones previstas en la Ley de la Guardia Nacional, tales como: (i) coadyuvar en la prevención de delitos y faltas administrativas, (ii) realizar alguna detención o aseguramiento de bienes relacionados con actos delictivos, (iii) participar con otras autoridades federales, locales o municipales en operativos conjuntos, entre otras.


  • El Acuerdo establece que las tareas que realice la Fuerza Armada permanente durante el periodo mencionado, estarán bajo la supervisión y control del órgano interno de control de la dependencia que corresponda.


  • Finalmente, el Acuerdo establece que la Fuerza Armada permanente se regirá en todo momento en estricto respeto a los derechos humanos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia.

Para mayor información, favor de consultar el siguiente link:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593105&fecha=11/05/2020  

Para la atención de cualquier pregunta o información asociada a la publicación del Acuerdo referido, favor de contactar a nuestros abogados:  

Carlos Antonio Flores

Socio

cflores@rdabogados.com.mx  

Guillermo Federico Manning Martínez.

Socio

gmanning@rdabogados.com.mx