El día 18 de diciembre de 2018 la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número A/040/2018, en el cual se establece el criterio de interpretación aplicable a los modelos de negocio compatibles con la actividad de Expendio al Publico de Petrolíferos.
El día 18 de diciembre de 2018 la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número A/040/2018, en el cual se establece el criterio de interpretación aplicable a los modelos de negocio compatibles con la actividad de Expendio al Publico de Petrolíferos.
Dicho Acuerdo es de aplicación general para todos los permisionarios que cuenten con permiso otorgado por la CRE para Expendio al Público en una estación de servicio y que quieran promover diversos modelos de negocio que permitan el desarrollo del mercado y garanticen el suministro de manera eficiente, homogénea, regular y segura.
Los siguientes son los criterios generales a considerar en las actividades reguladas de Expendio al Público de gasolinas:
Que con base en un análisis estadístico exista una relación entre la disminución de precios reportados de venta al público en una zona de influencia y la inclusión de modelos de negocio con nuevas estrategias comerciales generados por la competencia entre los permisionarios que ofrecen nuevos modelos de negocio, tales como la acumulación de beneficios o puntos para los clientes, programas de lealtad, tarjetas de membresía o crédito, suscripciones, reservaciones, ofertas exclusivas o atenciones especiales.
Que la estrategia comercial consistente en beneficios como los que mencionan anteriormente, no sea discriminatoria, es decir que se ofrezcan al público en general.
Cabe referir que conforme al Acuerdo, en situaciones de emergencia o siniestro, declarado por autoridad competente, todos los permisionarios de Expendio al Público de Petrolíferos, tendrán la obligación de prestar el servicio sin hacer distinción alguna derivada de sus diferentes modelos de negocio.
Para mayor información favor de consultar la siguiente liga:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546749&fecha=18/12/2018